Aprobada la Ley catalana contra el despilfarro de alimentos

El Pleno del Parlamento de Cataluña ha aprobado la Ley de Prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentarios en Cataluña.

La ley impone una serie de obligaciones a todos los agentes de la cadena alimentaria, con el correspondiente régimen sancionador. Entre otras, las empresas de la cadena alimentaria, las entidades de iniciativa social y otras organizaciones sin ánimo de lucro que se dediquen a la distribución de alimentos estarán obligadas a:

  • Disponer de un Plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario Medir e informar anualmente sobre los niveles de generación de pérdidas y desperdicio de alimentos
  • Aplicar la jerarquía de prioridades en cuanto el destino de los excedentes:
    • primer destino la alimentación humana,
    • si esto no es posible, la alimentación animal,
    • si tampoco es posible, a compostaje u otros usos técnicos.

El cliente se llevará la comida que no se acabe

El texto también establece deberes específicos a las empresas del sector de la restauración y la hostelería, entre los que destacan:

  • Facilitar al consumidor que pueda llevarse, sin coste adicional, los alimentos que no haya consumido, e informar de esta posibilidad de manera clara y visible en el mismo establecimiento, preferentemente a la carta o el menú.
  • Utilizar envases que sean aptos para el uso alimentario, reutilizables, compostables o fácilmente reciclables, y admitir que el consumidor lleve su propio envase.

Derroche en las administraciones públicas.

La nueva normativa impone a la Administración pública y al resto de entidades del sector público la obligación de:

  • Incorporar en los contratos públicos y los convenios de gestión de servicios relacionados con la gestión de alimentos, cláusulas para prevenir las pérdidas y el desperdicio alimentarios.
  • Recoger y analizar los datos de las pérdidas y el desperdicio alimentarios y elaborar un Plan estratégico de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentarios.
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